El
secuestro constituye una violación a los
derechos humanos, que atenta contra la
libertad, integridad y tranquilidad de
las familias víctimas del delito. Igualmente,
es una violación a los artículos 1, 3,
5 y 9, hallados en la Declaración Universal
de los Derechos Humanos adoptada y proclamada
por la Asamblea General de las Naciones
Unidas en su resolución 217ª (III) del
10 de diciembre de 1948 que rige actualmente.
Por lo tanto, el secuestro no solo afecta
a la víctima sino a la familia en general;
ya que éstos son sometidos a lo que los
psicólogos, que trabajan el duelo, conocen
como el proceso de la "muerte suspendida",
que es la angustia que caracteriza al
secuestro, y que se suma a lo que los
juristas llaman la pérdida de libertad.
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Un
informe sobre los secuestros express en
la provincia de Buenos Aires realizado
por el Centro de Estudios Nueva Mayoría
revela que entre el 1° de enero de 2002
y el 18 de marzo de 2003 se produjeron
290 secuestros bajo esta modalidad, es
decir, en promedio uno cada 36 horas.
Si se compara lo que va de este año con
el mismo período del año pasado, hay un
descenso en la cantidad de secuestros
express: mientras en 2002 se registró
en promedio un caso cada día y medio,
entre el 1° de enero y el 18 de marzo
de 2003 la relación es de un secuestro
cada dos días y medio. |